Perfil del contratante
OBSERVACIONES: Los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que se incluyen en ésta página tienen únicamente carácter informativo. Los documentos válidos a todos los efectos pueden recogerse en los lugares que se indican en los correspondientes anuncios de licitación.
Bienvenidos al espacio para la contratación de la FCADIZ / INiBICA:
El régimen contractual de FCADIZ abreviatura de Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica de Cádiz, resulta de su condición de fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, rigiéndose por a Ley 10/2005, de 31 de mayo. FCADIZ, está considerada como poder adjudicador por el TRLCSP. El INiBICA, por su parte es un instituto sanitario de investigación creado en el seno de FCADIZ y posteriormente desarrollado por acuerdo firmado el 2 de diciembre de 2016, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, el Servicio Andaluz de Salud, FCADIZ y la Universidad de Cádiz.
Los contratos de FCADIZ tienen carácter privado y se rigen, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas y con las excepciones previstas legalmente, por la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y, en cuanto a sus efectos y extinción, por el derecho privado.
La propia ley 30/2007 delimita los contratos excluidos de su ámbito de aplicación así como los contratos que, incluidos en su ámbito, están sujetos a regulación armonizada – reglas de preparación y adjudicación de contratos de la propia Ley 30/2007 con adaptaciones – y los que no lo están – y deben ser regulados mediante instrucciones internas de contratación elaboradas por la propia FCADIZ.
FCADIZ pone a disposición de todos los interesados en participar en los procedimientos de adjudicación de contratos sus Instrucciones Internas e Contratación para los contratos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/2007 que no estén sujetos a regulación armonizada. Para el resto de contrataciones rige, como ya se ha dicho, la regulación armonizada prevista en la Ley.
Esta Fundación, en cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y la eficacia y eficiencia en la actuación administrativa, fomenta y prefiere el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en la Ley por parte de empresas licitadoras y candidatas.
Pliegos activos
Expediente | Descripción | Fecha límite de presentación de ofertas | Fecha acto público |
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ADJ.3/2010 ALAR CAB CS2010 | ACTA DE ADJUDICACION DEFINITIVA DE LA ADQUISICION DE UN SISTEMA DE MONITORIZACION DE ALARMAS TECNICAS DENTRO DE LA CONVOCATORIA 2010 DE LA CONSEJERIA DE SALUD-PROMOCION DE LA SALUD-FOMENTO LINEAS DE EXCELENCIA EN INNOVACION Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION | 31/12/2011 | No procede |